OPORTUNIDADES DE IMPLEMENTAR EL TELETRABAJO

El teletrabajo es una forma de trabajo a distancia, en la cual el trabajador desempeña su actividad sin la necesidad de presentarse físicamente en la empresa o lugar de trabajo específico. Se realiza de forma Remota por medio de la tecnología de Información y Comunicación – TIC-.

Guatemala es un país en donde no se ha implementado el teletrabajo como una modalidad del trabajo de forma común, son pocas las empresas que han implementado esta modalidad de trabajo, y esto se ve más frecuentemente en compañías internacionales extranjeras que contratan bajo esta modalidad a trabajadores guatemaltecos con residencia en Guatemala, sin necesidad que se muevan de su localidad.

La legislación guatemalteca únicamente regula de forma expresa el trabajo a domicilio definido como aquél en donde el trabajador realiza artículos desde casa, sin contemplar el uso de las TIC, lo cual se debe a que nuestra legislación laboral no se encuentra actualizada con la tecnológica de información y comunicación telemática y digital, lo cual hace necesario que esta legislación se actualizada.

En vista de la actual crisis sanitaria derivada del COVID-19, actualmente las empresas y el trabajador ya sea dependiente o independiente se está enfrentando a la implementación de teletrabajo, Lo cual traerá como consecuencia que esta modalidad de trabajo se implemente de forma más frecuente en el futuro mediato e inmediato.

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL TELETRABAJO

1. El trabajo u oficio que se realiza generalmente desde casa por internet

2. El trabajador estará conectado por medio de las TIC.

3. El teletrabajador escoge el sitio desde donde realizará el trabajo u oficio para el cual fue contratado (generalmente el lugar del teletrabajo más común es la casa)

4. Existen dos tipos del Teletrabajo:

· En casa o Homeoffice, es aquel que se realiza desde casa, y es la modalidad que está implementando en la crisis sanitaria derivada del COVID-19

· Móvil, es el que se realiza desde cualquier lugar

REGULACIÓN DEL TELETRABAJO EN GUATEMALA

Si bien el teletrabajo no se encuentra regulado en forma expresa en Guatemala, no significa que esta modalidad de trabajo no pueda implementarse, se podrá hacer mediante las normas generales que regulan el trabajo en el Código de Trabajo.

Como una relación normal de trabajo, el trabajador deberá de gozar de los derechos mínimos que establece la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código de Trabajo, siendo estas:

a) Pago del salario mínimo.

b) Límite de la jornada laboral.

c) Prestaciones irrenunciables.

d) Gozar de vacaciones, descansos semanales y días de asueto.

e) Indemnización por despidos injustificados.

f) Estar incluido en las planillas del Seguro Social.

Finalmente se debe resaltar sobre el límite de la jornada laboral, que esta será establecida de conformidad con lo establecido en el artículo 116 del Código de Trabajo.

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