¿CUÁLES SON LAS CAUSAS Y CONSECUENCIAS DEL DESPIDO JUSTIFICADO EN GUATEMALA?

¿CUÁLES SON LAS CAUSAS Y CONSECUENCIAS DEL DESPIDO JUSTIFICADO EN GUATEMALA?

El despido justificado consiste en la decisión unilateral del patrono de terminar la relación de trabajo en vista de que el trabajador ha incurrido en una de las causales enumeradas el artículo 77 del Código de Trabajo.

Es por tanto este tipo de despido, un derecho del patrono y, en Guatemala, se puede ejercer tanto si existe una causa que lo justifica o sin ésta.

Si el despido directo es justificado entonces el patrono o empleador no incurre en ninguna “responsabilidad” ante el trabajador, eso quiere decir que no tiene obligación de pagar una “indemnización”.

Las causales que justifican un despido directo enumeradas en el artículo 77 del Código de Trabajo, tienen carácter enunciativo y constituyen la previsión legal sobre lo que se considera una “falta grave” a las obligaciones del trabajador.

Sin embargo, la propia ley permite a las partes de la relación laboral pactar otras causales de despido que se ajusten a las características particulares de una empresa y de un puesto de trabajo determinado.

CAUSALES DE DESPDIDO JUSTIFICADO

De acuerdo al artículo 77 del Código de Trabajo, son algunas causas justas de despido:

➤ Cuando el trabajador se conduzca durante sus labores en forma inmoral o acuda a la injuria, calumnia contra su patrono o los representantes.

➤ Cuando el trabajador cometa alguno de los actos antes indicados en contra de sus compañeros de trabajo, siempre que debido a ello se altere la disciplina o interrumpan labores.

➤ Cuando el trabajador acuda a la injuria, la calumnia o a vías de hecho contra su patrono o los representantes de éste fuera del lugar de trabajo.

➤ Cuando el trabajador cometa algún delito o falta contra la propiedad o cause daño material en las máquinas y demás objetos relacionados con el trabajo.

➤ Cuando el trabajador revele los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos.

➤ Cuando el trabajador deje de asistir al trabajo sin permiso del patrono o sin causa justificada, durante dos días laborales completos y consecutivos o durante seis medios días laborales en un mismo mes calendario.

➤ Cuando el trabajador se niegue a tomar medidas preventivas para evitar accidentes o enfermedades.

➤ Cuando infrinja las siguientes prohibiciones: Abandonar el trabajo en horas de trabajo sin permiso, hacer propaganda política durante el trabajo, trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas.

➤ Cuando al celebrar el contrato, el trabajador haya inducido en error al patrono, pretendiendo tener cualidades, condiciones o conocimientos que no posee.

➤ Cuando el trabajador sufra la pena de arresto mayor o se le imponga prisión correccional.

ü Cuando incurra en alguna falta grave según el contrato.

Es importante mencionar que el patrono puede regir y ampliar sus normas (obligaciones y prohibiciones de los trabajadores) bajo un contrato individual de trabajo o en el reglamento interno de trabajo.

PROCEDIMIENTO PARA DESPIDO JUSTIFICADO

la Ley establece un procedimiento legal para dar por terminada una relación laboral en caso de un despido directo justificado, el cual se describe a continuación:

1. El patrono debe preparar las pruebas para poder demostrar la causa o causas que justifiquen poner fin al vínculo laboral.

2. Seguidamente el patrono debe comunicar por escrito el despido al trabajador invocándole la causa del despido.

3. El trabajador tiene que cesar efectivamente la realización de sus labores.

Debemos recordar además que según el Artículo 259 del Código de Trabajo, el derecho del patrono para dar por terminado un contrato de trabajo es de veinte días, contados a partir del momento en que se dio la causa justificativa de despido.

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